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La Comisión y el Sistema Nacional de Búsqueda (Ley de Desaparición Forzada)

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Con la aprobación en el Senado de la República, la minuta que contempla la creación de estos dos órganos que permitirán la coordinación y distribución de funciones de manera eficiente, se turnó a la Cámara de Diputados.
La Comisión y el Sistema Nacional de Búsqueda (Ley de Desaparición Forzada)

Dentro de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, se crea una Comisión Nacional de Búsqueda, la cual tendrá como principal función dar seguimiento y resolución a las acciones de búsqueda para personas en los esquemas de desaparición y no localizadas. Esta Comisión será un organismo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación y ayudará a que separen la búsqueda de víctimas y la investigación. 

(Foto: Internet)

Respecto al Sistema Nacional de Búsqueda, se planteó como el encargado de diseñar, evaluar y armonizar los recursos que posee el Estado para sentar las políticas públicas y la coordinación entre autoridades de los tres órdenes de gobierno (municipal, estatal y federal), para obtener mejores resultados en la búsqueda, localización e identificación de las víctimas. Así mismo, guiará recursos para prevenir e investigar los casos que se generen en esta materia. 

Este Sistema será dirigido por el titular de la Secretaría de Gobernación y la secretaría ejecutiva dependerá de la Comisión Nacional de Búsqueda, además estará  integrado por los titulares de la Secretaría de Relaciones Exteriores, la Procuraduría General de la República y la Policía Federal, así mismo de los titulares de las Comisiones Locales de Búsqueda, el secretariado ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, por la persona que designe la Comisión Nacional de Procuración de Justicia y de quien presida el Consejo Ciudadano. 

Este último, fungirá como un ente de consulta para el Sistema Nacional, que tendrá como objeto, integrar a las víctimas y a la sociedad civil en el desarrollo de las actividades que se lleven a cabo en términos de búsqueda. 

De igual manera, se pondrá en marcha un Registro Nacional de Personas Desaparecidas y no Localizadas que servirá como mecanismo de identificación que aglutinará la información de las víctimas y que ayudará a las investigaciones pertinentes. 

(Foto: Internet)