La Cámara Alta del Congreso de la Unión eliminó el artículo 158 del Código Civil Federal por considerarlo discriminatorio, el cual a la letra dice: «La mujer no puede contraer nuevo matrimonio sino hasta pasados trescientos días después de la disolución del anterior, a menos que dentro de ese plazo diere a luz un hijo. En los casos de nulidad o de divorcio, puede contarse este tiempo desde que se interrumpió la cohabitación». Con 72 votos a favor, legisladores de los diversos grupos parlamentarios se sumaron a este llamado para reducir la desigualdad que impera en pleno siglo XXI entre hombres y mujeres.
Uno de los argumentos utilizados es que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala que este derecho se debe cumplir a cabalidad en todos los ámbitos de la vida social de México. En su turno, Pilar Ortega Martínez (@Pilarortega), presidenta de la Comisión de Justicia del Senado dijo que: «la disposición vigente anula el libre desarrollo de la personalidad y constituye una restricción indebida porque el Estado tiene prohibido interferir en la lección libre y voluntaria de las personas».
Por su parte, Yolanda de la Torre (@yoladelatorre), senadora del PRI señaló lo siguiente: «de manera absurda, inaceptable e injustificada, vemos que la violencia contra las mujeres sigue vigente en el país y, prueba de ello, es el supuesto jurídico discriminatorio que se busca derogar».
Este proyecto según el proceso legislativo tuvo que ser enviado a la Cámara de Diputados para su discusión y eventual aprobación.